Comprender tu situación
Qué necesitas preparar
- ✓Documentación de la deuda: contrato de préstamo, factura, confirmación por email, mensajes de texto
- ✓Registro de pagos ya realizados (si se recibió pago parcial)
- ✓Fechas en que el pago era debido y cualquier solicitud previa de pago
- ✓Nombre legal completo y dirección del deudor
- ✓Cualquier reconocimiento del deudor de la deuda (escrito o grabado)
Cómo reclamar una deuda antes de ir al juzgado
La reclamación extrajudicial es el primer paso para recuperar una deuda. Un requerimiento de pago por escrito, enviado preferentemente por burofax con acuse de recibo y certificación de texto, deja constancia de la fecha y del contenido. Ese documento resulta decisivo si después hay que acudir al juzgado, porque prueba que reclamó de forma fehaciente.
El requerimiento debe identificar al acreedor y al deudor, el importe adeudado, el origen de la deuda (factura, contrato, préstamo) y un plazo concreto de pago. Conviene advertir de que, si no se abona, se reclamarán además los intereses y las costas del procedimiento judicial.
Intereses, plazos y vía judicial
Desde que el deudor incurre en mora puede reclamar intereses (artículos 1100 y 1108 del Código Civil). Si no se pactó un tipo, se aplica el interés legal del dinero, fijado en el 3,25 por ciento para 2026. En operaciones comerciales entre empresas se aplica un tipo de demora superior conforme a la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad.
Si el pago no llega, la vía más habitual es el proceso monitorio (artículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), que no tiene límite de cuantía. El deudor dispone de veinte días para pagar u oponerse. Tenga presente el plazo de prescripción: las acciones personales sin plazo especial prescriben a los cinco años (artículo 1964 del Código Civil).
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⏰ Plazo
Los plazos de prescripción para cobro de deudas oscilan entre 3-10 años según jurisdicción y tipo de deuda. Actúa pronto - cuanto antes envíes un requerimiento formal, más fuerte será tu posición. Da al deudor 7-21 días para responder.
🏛️ Autoridad
Juzgado de Primera Instancia o Juzgado de lo Mercantil (para cantidades mayores), Juicio Monitorio o Verbal (para cantidades menores), Agencias de cobro (como alternativa de último recurso)
⚖️ Base legal
Incumplimiento contractual, enriquecimiento injusto (derecho común). Ley de pagarés y documentos de crédito. Leyes de protección al consumidor. Los procedimientos de recuperación de deudas varían según jurisdicción.
Consejos de expertos
- 1Indica el importe exacto adeudado, desglosado claramente (principal, intereses acordados, costes incurridos por el impago).
- 2Referencia el acuerdo u obligación original lo más específicamente posible - fecha, cantidad, para qué era.
- 3Menciona que el impago continuado puede resultar en cargos por intereses, costas judiciales y daño a la calificación crediticia (cuando aplique).
- 4Si el deudor ha hecho pagos parciales, reconócelos e indica el saldo pendiente. Esto evita disputas sobre el total.
- 5Considera si ofrecer un plan de pagos podría resolver el asunto más rápido - a veces los deudores genuinamente no pueden pagar todo de una vez.
- 6Mantén el tono profesional y firme. Un lenguaje agresivo o emocional puede debilitar tu posición legal.
- 7Para deudas empresariales, verifica si la empresa es solvente antes de invertir mucho en esfuerzos de cobro.
Consejo práctico para reclamar una deuda
DocuGov.ai
Nota práctica
Reúna y conserve toda la documentación que acredite la deuda: facturas, contrato, albaranes, correos o justificantes de entrega. En el proceso monitorio, ese soporte documental es la base para que el juzgado requiera de pago al deudor.
Envíe el requerimiento por burofax con acuse de recibo y certificación de texto, y guarde el justificante. Esa prueba fehaciente marca la diferencia entre una reclamación que presiona y una que el deudor puede ignorar sin consecuencias.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio enviar la reclamación antes de demandar?
No es un requisito absoluto, pero el requerimiento por burofax prueba que reclamó de forma fehaciente, interrumpe la prescripción y refuerza su posición si el asunto llega al juzgado.
¿Qué intereses puedo reclamar?
Desde que el deudor está en mora, los intereses pactados o, en su defecto, el interés legal del dinero, que en 2026 es del 3,25 por ciento (artículos 1100 y 1108 del Código Civil). Entre empresas se aplica el tipo de demora de la Ley 3/2004.
¿Cómo reclamo si no paga?
La vía más ágil es el proceso monitorio (artículo 812 LEC), sin límite de cuantía. El deudor tiene veinte días para pagar u oponerse; si no hace nada, puede solicitarse el despacho de ejecución.
¿Cuándo prescribe la deuda?
Las acciones personales sin plazo especial prescriben a los cinco años desde que pudo exigirse el cumplimiento (artículo 1964 del Código Civil). El burofax de reclamación interrumpe ese plazo.
¿Por qué enviar burofax y no un correo?
El burofax con acuse de recibo y certificación de texto acredita la fecha y el contenido exacto de la reclamación. Un correo electrónico es más fácil de discutir y tiene menos fuerza probatoria.
